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¿A quién le corresponde pagar los gastos de escritura en una compra venta?

Posted by webadmin on 30 julio, 2018
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Es de conocimiento común que existe un importante número de gastos asociados a la compraventa de una propiedad, sea nueva o usada, que son independientes al precio de la misma. Entre ellos se encuentran los gastos de escritura, y estos en promedio pueden alcanzar hasta unos 3.000 euros. Desde el año 2015, gracias a una sentencia del Tribunal Supremo, se dejó claro que, si bien estos gastos de hipoteca están relacionados con la transacción, no son gastos de compraventa en sí, por lo que hacer que sea solo el comprador quien se haga cargo de ellos es injusto e ilegal. Esta sentencia determinó que los gastos debían ser compartidos entre ambas partes, pero en muchos casos suele suceder que no saben a quién le corresponde qué, lo que ha generado mucha polémica al respecto. Es importante saber que los gastos de escritura son calculados con base en los gastos de notaría, gestoría, registro, IAJD y tasación. De estos, la notaría se calcula entre el 0,1% y 0,5% del importe otorgado; el registro, alrededor del 0,2%; y el IAJD ―que varía en cada comunidad autónoma― del 0% al 1,5%. Los honorarios de un gestor, por su parte, están cerca de los 400 euros. Y en lo que respecta a los gastos de tasación, la ley aclara que puedes exigir un reembolso si realizaste una previo a la compra y la entidad financiera te obligó a pagarla nuevamente.
Como se menciona antes, la controversia dentro de todo esto se encuentra en la falta de claridad de la sentencia con respecto a lo que cada parte debe pagar, pues, aunque en teoría haya declinado a favor del hipotecario, desde el 2015 esto ha generado fallos diferentes a la hora de ir a los tribunales. El ejemplo más claro de esta situación ha sido la partida del IAJD. Parece que, así como el porcentaje de este impuesto varía dependiendo de cada comunidad autónoma, del mismo modo varía la opinión que tienen los jueces sobre él. Existen criterios encontrados al momento de dictar un fallo y aunque muchos consideran que pagarlo debe ser responsabilidad del banco, muchos otros creen que debe correr por parte del comprador. En consecuencia, todos los particulares que han iniciado procesos para solicitar el reembolso de los gastos de escritura, se han topado con resultados muy diferentes y, lamentablemente, esto seguirá siendo así, en tanto no se fijen pautas claras al respecto.