
Cuando alquilamos nuestra casa, deseamos que nuestros inquilinos sean personas serias y responsables. Asumimos que van a tener un comportamiento impecable, cuidando nuestro inmueble como si fuera suyo y respondiendo a todas las obligaciones reflejadas en el contrato de alquiler.
En Tres Habitat, sabemos que uno de los mayores temores de cualquier arrendador es tener que afrontar una situación de impago de la renta o que se dejen de abonar los suministros. No obstante, en otras ocasiones, deben enfrentarse a situaciones que son desagradables por otros motivos.
No es tan extraño encontrarnos con inquilinos que no respetan las normas de la comunidad de vecinos. Dentro de este sector, los problemas de ruidos, suelen ser los más frecuentes. Ante esta situación, frecuentemente encontramos que, tras solicitarle al inquilino en varias ocasiones que cese su actitud, tanto la comunidad en general, como los vecinos afectados en particular, terminan reclamando la intervención del propietario. El arrendador no siempre consigue revertir la situación. A pesar de que solicite un cambio en esta situación, el inquilino puede mantener sus mismos hábitos y continuar generando conflictos en la convivencia.
Si llegas a esta situación, no debes desesperarte. Existen leyes que amparan la buena convivencia comunitaria entre vecinos. Los ocupantes de viviendas integradas en una comunidad de propietarios, están obligados a no realizar ningún tipo de actividad que pueda dañar ni la vivienda ni a la comunidad. Dentro de estas normativas, se señalan de manera especÃfica, las actividades molestas, nocivas, o cualquiera que sea peligrosa y entrañe riesgo.
Si la Junta de propietarios se reuniese para tratar el problema, y asumiese que esta persona no va a cambiar su conducta, podrÃa solicitar el cese del contrato de alquiler. Esto solo se consigue si en la votación ha salido favorable, pudiendo inclusive pedirse la intervención judicial. De este modo, se podrÃan establecer medidas cautelares que permitiesen cesar el contrato.
Por todos estos motivos comentados, presentando documentación que acredite los hechos que motivan esta situación, el propietario podrá dar por finalizado el contrato de alquiler que se hubiera firmado. AsÃ, se evitarÃa cualquier sanción o tipo de acción judicial en contra suya.